lunes, 9 de marzo de 2015

Algunos términos relacionados con la organización de nuestro mundo

La organización territorial y su administración

Aunque Estado y nación son términos que a menudo se usan como sinónimos, son dos términos muy distintos; mientras uno hace referencia a lo institucional de un territorio, el otro más bien se refiere al grupo de personas en sí:
·         Estado: aparato político compuesto por las instituciones de gobierno y los funcionarios civiles, que domina un poder territorial dado y cuya autoridad se funda en la ley y en la capacidad de utilizar la fuerza.
·         Nación: grupo de personas unidas por un fuerte sentido de valores compartidos, rasgos culturales como la lengua y la religión y una historia común percibida.
Para formar un Estado es necesario que haya al menos una nación, en cuyo caso dará lugar al Estado-nación, que es aquel Estado en el que la población se siente parte de una misma comunidad, como por ejemplo, Francia. Si existen varias naciones en el Estado, éste tenderá a declararse como plurinacional, como España. Sin embargo, para formar una nación no es necesaria la existencia de un Estado, pudiéndose dar lugar al fenómeno de la nación sin Estado, en la que los miembros de una nación no cuentan con una soberanía política sobre un territorio que consideran suyo. Sería el caso de País Vasco y Cataluña con España o de Escocia con el Reino Unido. En ambos casos los Estados reconocen la existencia de las naciones respectivamente y les proporcionan cierta autonomía en la toma de decisiones. Pero no tiene por qué ser así, como podemos observar con el Estado de Israel, formado por una nación judía y una palestina, en el cual, los judíos no reconocen a los palestinos.
·         Estado de derecho: es aquel en el que el poder estatal queda limitado por normas jurídicas. La principal función de este tipo de Estado es controlar y restringir el poder político para poder favorecer la libertad individual. Para ello, la ley debe de cumplir varios requisitos: formales (referido a la generalidad y precisión de la norma), sustanciales (referidos al contenido, que responde a valores y derechos reconocidos y respetados) y la división de poderes (con el fin de evitar la arbitrariedad de un solo poder).
·         Estado del bienestar: Es aquel Estado que proporciona prestaciones de la seguridad social y servicios a través de unas disposiciones legales en unas situaciones definidas con dinero público. Su principal función es entonces ayudar a incluir a aquellos colectivos dentro del sistema capitalista, que por motivos diversos, en condiciones normales quedarían excluidos. Por ejemplo, como ocurre con los jubilados, que como no pueden trabajar se quedarían excluidos al no recibir sueldo; sin embargo, el Estado se encarga de dar pensiones para que entren en este sistema como consumidores. En los países democráticos, capitalistas e industrializados (principalmente lo que se conoce como occidente) este sistema tiende a buscar el pleno empleo, la provisión de servicios sociales universales (salud y educación), mantenimiento de un mínimo nivel de vida y la centralización y mayor racionalidad de la administración.

Los derechos humanos

Son garantías que se consideran imprescindibles para el pleno desarrollo del ser humano, entre ellas podemos contar la libertad, la igualdad, la dignidad, la educación…
Estos derechos quedan recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), elaborada por la ONU tras la II Guerra Mundial con la intención de no volver a repetir esa barbarie. Sin embargo, se hicieron declaraciones de derechos mucho antes. Las más conocidas son las de la constitución de EE.UU. o la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano en Francia, acontecidas en el siglo XVIII gracias a la ideas de la Ilustración y a las revoluciones que azotaron esa época; aunque la más vieja que se conoce es la del Cilindro de Ciro, del 539 a.C.

La principal característica de los derechos humanos es su universalidad, es decir, que son aplicables a cualquier ser humano del planeta, con independencia de su origen, raza, religión… Otros elementos que los caracterizan son que son indivisibles e intransferibles, y suponen derechos y obligaciones de parte de los responsables y titulares de ellos (esto es, la humanidad entera). Y además, se tratan de incluir en las constituciones de los países, llegando a hacer referencia a la DUDH y se intentan poner medios para respetarlos y protegerlos en aquellos países que los niegan.
Dejo algunos enlaces de interés:
Si queréis averiguar cuánto sabéis de la DUDH (advierto que no funciona muy bien): http://www.un.org/es/documents/udhr/quiz.shtml

Ciudadanía y modelos de ciudadanía 

La ciudadanía se puede definir como la relación política y jurídica entre un Estado y las personas pertenecientes a éste, dotándoles de una identidad política y desarrollando sujetos políticos activos y participativos. Para que se pueda dar la ciudadanía, es necesario que haya democracia dado que ésta es la única que exige y permite la participación de los gobernados en el sistema político.
Respecto a la ciudadanía, se pueden observar distintos modelos:
·         Ciudadanía liberal: Es la más común en las sociedades plurales. Se caracteriza por la defensa de valores como la libertad, la razón y la tolerancia. Aunque si hay una palabra que defina a este modelo es la individualidad. Esta ciudadanía propugna la primacía de los derechos individuales sobre los colectivos, concibe a la democracia como un medio para posibilitar la autonomía privada y es partidaria de la propiedad privada y una economía de mercado competitiva y un Estado neutral.
·         Ciudadanía comunitarista o nacionalista: este modelo argumenta que la identidad de los ciudadanos es solamente entendible a partir de su comunidad, a la que le deben lealtad y compromiso. Por ello, es el bien común el que prima sobre los derechos individuales, y para que esto sea posible, el Estado no puede ser neutral.
·         Ciudadanía republicana: está basada en la concepción del hombre como ciudadano, es decir, como un ser autónomo que participa en la vida pública. Le da mucha importancia al espacio público, al bien común y a las instituciones políticas; ya que por ellas se puede lograr la autonomía, quedando vinculada la libertad a la ciudadanía. La democracia no es un instrumento para lograr los intereses individuales, sino que a través de ella se expresan los ciudadanos y por tanto, ésta les debe rendir cuentas a ellos.

Bibliografía

Burgos, J. (2010). Estado de derecho: del modelo formal al sustancial. Diálogos de Saberes(33), 231-244.
Farge Collazos, P. (2007). El Estado del bienestar. Enfoques(1-2), 45-54.
Giddens, A. y. (2013). Glosario. En Sociología (págs. 1172-1204). Madrid: Alianza Editorial.
Giddens, A. y. (2013). Naciones y nacionalismo. En Sociología (págs. 1132-1144). Madrid: Alianza Editorial.
González García, E., & Chacón-López, H. (2014). Sobre el concepto y modelos de ciudadanía. Revista científica electrónica de Educación y Comunicación en la Sociedad del Conocimiento, 2(14), 288-311.
ONU. (2013). La ONU y los derechos humanos. Recuperado el 9 de Marzo de 2015, de http://www.un.org/es/rights/overview/
ONU. (s.f.). HISTORIA DE LA REDACCIÓN DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS. Recuperado el 9 de Marzo de 2015, de Declaración Universal de Derechos Humanos: http://www.un.org/es/documents/udhr/history.shtml
ONU. (s.f.). LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS: FUNDAMENTO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS. Recuperado el 9 de Marzo de 2015, de Declaración Universal de Derechos Humanos: http://www.un.org/es/documents/udhr/law.shtml

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